Empresas pierden derecho a ofrecer reinstalación tardía, fija tribunal

Un nuevo criterio judicial establece que los patrones deben ofrecer la reincorporación del trabajador desde la contestación de la demanda. Si esperan hasta la audiencia de juicio, pierden esa oportunidad procesal.

Empresas pierden derecho a ofrecer reinstalación tardía, fija tribunal

Por Arturo Rivero

Las empresas que enfrenten demandas por despido injustificado deberán definir desde su primera respuesta judicial si ofrecen la reinstalación del trabajador, pues hacerlo posteriormente, durante la audiencia de juicio, ya no tendrá los mismos efectos jurídicos, de acuerdo con una nueva tesis publicada en el Semanario Judicial de la Federación.

El criterio, emitido por un Tribunal Colegiado de Circuito y publicado el 23 de octubre de 2026, establece que el ofrecimiento de trabajo debe formularse al contestar la demanda laboral; de lo contrario, precluye el derecho a realizarlo como actuación procesal.

La resolución deriva del caso de una trabajadora que demandó su reinstalación por despido injustificado. La empresa negó haberla despedido y argumentó que simplemente había dejado de presentarse a trabajar.

Durante la audiencia de juicio, la parte patronal ofreció reincorporarla a su puesto. La trabajadora rechazó la propuesta y la autoridad laboral consideró que el ofrecimiento había sido realizado de buena fe.

Aunque el despido fue declarado injustificado, el tribunal absolvió a la empresa de reinstalarla y limitó el pago de salarios vencidos hasta la fecha del rechazo. La trabajadora promovió un amparo directo.

El Tribunal Colegiado determinó que, conforme a los artículos 873-A y 873-B de la Ley Federal del Trabajo, el momento procesal oportuno para ofrecer el empleo es la contestación de la demanda, porque permite que la persona trabajadora conozca la propuesta y se pronuncie sobre ella durante su réplica, dentro del plazo legal de ocho días.

La decisión representa una advertencia para las áreas jurídicas y de Recursos Humanos: omitir el ofrecimiento en la etapa inicial del procedimiento puede impedir que una propuesta posterior produzca los efectos procesales pretendidos por la empresa.

El criterio también limita la posibilidad de utilizar ofrecimientos tardíos de reincorporación para modificar las consecuencias de un juicio por despido injustificado.

Se trata de una tesis aislada, no de jurisprudencia obligatoria por sí misma, pero introduce una interpretación relevante para la defensa patronal y los derechos de los trabajadores dentro del nuevo sistema de justicia laboral.

Referencia: Registro digital 2032793. Tesis III.1o.T.10 L (12a.). Semanario Judicial de la Federación, 23 de octubre de 2026.